Violencia sexual como delito de lesa humanidad

Mesa de debate Violencia sexual como delito de lesa humanidad (en el marco del Convenio con el Programa de Actualización en Genero y Derecho, UBA)
Destinatarios: Magistrados/as, Integrantes del Ministerio Público, Funcionarios/as y empleados/as del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Profesionales del Derecho y público en general interesados/as en la materia.

Fechas: 17 de marzo de 2015

Horario: 18:00 a 21:00 hs.

Duración: 3 (tres) horas reloj

Lugar/es: Facultad de Derecho UBA, Av. Figueroa Alcorta 2263, Planta principal – CABA – Salón Azul

Docentes: Sonderéguer, María
Lewin, Miriam
Cruz, Margarita
Rozanski, Carlos

Coordinadora: Diana Maffía

Contenidos: La consideración de la violencia sexual como delito de lesa humanidad ha sido recientemente abordada desde la cultura de los derechos humanos, y con  posterioridad a la Segunda Guerra Mundial. Recordemos que a pesar de que en esa  guerra todas las partes del conflicto fueron acusadas de violaciones masivas, ni el tribunal de Tokio ni el de Nuremberg reconoció el delito de violencia sexual.

Tristemente la historia nos ha mostrado como  los ejércitos consideraron la violación como un botín de guerra legítimo.

Recién en 1992, tras las violaciones sistemáticas y masivas contra las mujeres musulmanas en Bosnia y Herzegovina comenzó a tomarse conciencia de la magnitud de este delito.

Veamos algunos ejemplos: en 1994 en Rwanda fueron violadas entre 100.000 y 250.000 mujeres durante los tres meses de genocidio. Los organismos de la Naciones Unidad calculan que más de 60.000 mujeres fueron violadas durante la guerra civil de Sierra Leona (1991-2000), más de 40.000 en Liberia (1989-2003), hasta unas 60.000 en la ex Yugoslavia (1992-1995) y al menos 200.000 en la República Democrática del Congo desde 1998.

Recién en 1993, en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional de la Ex Yugoslavia se incluyó la violación como crimen de lesa humanidad. Recordemos que la Dra. Carmen Argibay, quien fuera jueza de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,  formó parte de ese tribunal.

No debe olvidarse además que después de que concluyen los conflictos, persisten los efectos de la violencia sexual en forma de embarazos (y nacimientos) no deseados, enfermedades de transmisión sexual y estigmatización

La violencia sexual a la que fueron sometidas las víctimas del Terrorismo de Estado que operó en Argentina ha sido silenciada fundamentalmente  por el sistema de justicia que no investigó ni sancionó esa forma específica de violencia, con claras connotaciones de género.

Desde el Juicio a las Juntas en 1985 y a la actualidad, nuestro país ha dado paso a la consideración de la violación, no ya como  un delito de orden privado sino como delito de lesa humanidad.

Las luchas feministas han estado presentes en la génesis de este cambio, en pos de la  inclusión de las mujeres en la universalidad de los derechos humanos.

 

ACLARACIÓN IMPORTANTE:

EL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL EMITE CERTIFICACIÓN DE LAS HORAS CURSADAS SIN VALIDEZ PARA EL POSGRADO.

Inscripción: http://www.cfj.gov.ar/curso.php?all=1&cur=358

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Comentarios

  1. Diana Maffía » Blog Archive » Graves y agudas: violencia sexual

    […] La consideración de la violencia sexual como delito de lesa humanidad ha sido recientemente abordada desde la cultura de los derechos humanos, y con  posterioridad a la Segunda Guerra Mundial. Recordemos que a pesar de que en esa  guerra todas las partes del conflicto fueron acusadas de violaciones masivas, ni el tribunal de Tokio ni el de Nuremberg reconoció el delito de violencia sexual. […]

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