autorDiana Maffía fecha8 Sep 2010 categoriaaborto, actualidad, mujeres comentariosDejá tu comentario

abogados penalistas emitieron documento sobre abortos no punibles

La Asociación Argentina de Profesores de Derecho Penal (AAPDP) emitieron un pronunciamiento con los alcances de los permisos para abortar vigentes.

En la declaración precisan que “los abortos justificados en el Código Penal Argentino desde 1922, que no necesitan autorización de jueces ni de comités médicos para su realización, son: a) el realizado con el consentimiento de la mujer y practicado por un médico cuando no existe otro medio para evitar un peligro para la vida o la salud –física o psíquica– de la madre, b) cuando el embarazo fue causado por una violación respecto de una mujer sana mentalmente, c) cuando el embarazo es producto de un acceso carnal con mujer menor de trece años, d) cuando el embarazo es producto de un acceso carnal con mujer que por alguna otra razón (por ejemplo, deficiencias mentales) no pudo consentir el acto sexual, y e) cuando el embarazo no es producto de acceso carnal, sino de cualquier acción no consentida contra cualquier mujer, como una inseminación artificial”.

La AAPDP cuenta entre sus integrantes con el ministro de la Corte Suprema Raúl Eugenio Zaffaroni; el juez federal Daniel Rafecas; el presidente del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), David Baigun; el ex presidente del Superior Tribunal de Justicia porteño y referencia obligada en derecho procesal penal, Julio Maier; entre otrxs.

Puede consultar aquí el documento completo

Be Sociable, Share!

Agregar nuevo comentario

Nota: La política editorial de este blog es la de moderar los comentarios que lleguen de los lectores. No se publicarán aquellos que contengan insultos, sean considerados una falta de respeto o no estén ligados a las temáticas aquí presentadas.