una medida de acción positiva: cupo joven en las listas electorales
En el Día Internacional de la Juventud, presenté un proyecto de ley para que las listas electorales de diputadxs y comunerxs incluyan por lo menos un 30 por ciento de jóvenes de ambos sexos, con posibilidades de resultar electxs. Si la lista no cumple con dicho requisito no podrá ser oficializada para participar de las elecciones.
Si bien es cierto que tanto la Carta Magna, como las diferentes Constituciones Provinciales y la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no poseen en letra un espíritu obstruccionista con la condición de juventud, en la práctica, la representación que los/as ciudadanos/as de 35 años poseen es nula y casi inexistente.
Ésta es una medida de acción positiva que pretende suprimir y prevenir una discriminación. La realidad nos demuestra que la burocracia que se instala en los espacios político – partidarios restringe la participación de jóvenes en los lugares de dirección y decisión institucionales. De esta manera también se limita un abordaje intergeneracional de las problemáticas sociales y en consecuencia, soluciones parciales a las mismas.
Ver proyecto de Ley: 2272-2010