procedimiento para el aborto en los casos no punibles previstos en el art. 86 del Código Penal de la Nación

Proyecto de Ley

Artículo 1°.- Objeto: La presente ley tiene por objeto regular el procedimiento para el aborto en los casos no punibles previstos en el art. 86, incisos 1º y 2º del Código Penal de la Nación, a llevarse a cabo en los establecimientos asistenciales del subsector estatal de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del subsector de la seguridad social y del subsector privado, a fin de garantizar el acceso a esta práctica médica a las mujeres, las adolescentes y las niñas en edad fértil que soliciten la atención de su salud en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, la mujer).

Ver proyecto: 1306-D-2008

presenté mi proyecto de aborto no punible

 

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