2008/04/11 Intervención a la ObSBA: una serie de irregularidades e incumplimientos
En el día de la fecha se cumplen tres meses desde que por decreto 19/08 del 11 de enero de 2008, se promulgara en el boletín oficial la ley nº 2637/08 (Ley de Libre Elección y Reorganización de la Obsba).
El balance muestra que, el oficialismo sigue incumpliendo la ley que su propio bloque votó. Lo que efectivamente ha hecho es ejecutar la voluntad original expresada en el decreto, que no contemplaba organismo de control oficial, no contemplaba reorganización de la obra social previa a la desregulación, no contemplaba participación de los trabajadores e intervención legislativa en la reorganización de la Obsba, no contemplaba papel activo de la Legislatura ni en la promulgación de la norma ni en su control posterior (funciones que, como le recordó la justicia, no pueden ser omitidas).
A la fecha, la intervención ha comenzado su tarea, la Auditoría de la Ciudad de Buenos Aires no ha sido convocada y la Comisión Legislativa no ha sido constituida. El interventor ha formado una comisión interna, con dos miembros por el ejecutivo y dos por Sutecba. El interventor ha contratado una auditoría de corte mediante un contrato privado, de la que rendirá cuenta a posteriori a la Auditoría General de la Ciudad. Del informe de irregularidades aprobado por la Auditoría de la Ciudad surgió en febrero una denuncia penal, que sólo realizó la auditora Paula Olivetto Lago, no siendo acompañada por los otros seis auditores.
La ley facultaba al ejecutivo a intervenir por 180 días la obra social (luego del fallido decreto nº 1 de 2008) e imponía la convocatoria a la Auditoría General de la Ciudad, la rendición de cuentas cada 90 días a la Legislatura, y la creación en el ámbito de la Legislatura de una comisión interdisciplinaria tripartita.
La comisión debió haber sido conformada por 5 miembros designados por el poder ejecutivo, 5 por la Legislatura y 5 por los representantes de las organizaciones gremiales reconocidas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires (no sólo Sutecba, que participa en el directorio de la Obsba). Esta comisión tendría 120 días para elaborar un proyecto de reorganización de la Obra Social.
La necesidad de la intervención se justificaba por informes de la Auditoría de la Ciudad con graves irregularidades constatadas en la administración de las que es responsable el Directorio que ejerció hasta diciembre de 2007. Estas irregularidades produjeron como resultado una pésima atención de salud a los afiliados/as. El objetivo de la Comisión tripartita era que la intervención asegurara la calidad de la atención en salud para quienes continuaran en el sistema, antes de permitir la libre elección, para evitar el «descreme» y el desfinanciamiento de la misma. Los objetos de la ley son dos: asegurar la libre elección (a cargo del Interventor) y reorganizar la Obra Social (de acuerdo con el informe de la comisión tripartita).
Solicitamos que se de efectivo cumplimiento en forma urgente al espíritu y la letra de la ley 2637.
11 de abril de 2008, Ciudad Autónoma de Buenos Aires