para una real autonomía de la Ciudad
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el jueves pasado una iniciativa de mi autoría donde solicito que se efectivice rápidamente la transferencia de la totalidad de las competencias de la Justicia Nacional Ordinaria de la Capital Federal al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El espíritu del proyecto se basa en el status jurídico de la Ciudad de Buenos Aires que le otorga autonomía y que fue refrendado por la reforma constitucional de 1994 y en la solicitud de modificación de la Ley Nacional 24.588, conocida como “Ley Cafiero”.
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires expresa en su artículo 1, último párrafo: “La ciudad ejerce todo el poder no conferido por la Constitución Nacional al gobierno federal”. El primer párrafo del artículo 129 de la Constitución Nacional, luego de la reforma de la misma en 1994 reza: “la Ciudad de Buenos Aires tendrá un régimen de gobierno autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción…”
La potestad de jurisdicción es el imperium que en la división de poderes se ha dejado histórica y políticamente en manos de los jueces. En los sistemas de carácter federal, como el nuestro, conviven dos órdenes de jurisdicción: por un lado, el federal para preservar los intereses nacionales y por otra, el local, para el imperium en el derecho común.
Si bien tanto nuestra Ley Fundamental como la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires parecen ser la reivindicación de los porteños de igualarse al resto del país, esto se ha visto obstaculizado por la sanción de la Ley 24.588 de Garantías de los intereses del Estado Nacional en la Ciudad de Buenos Aires. Es por esto solicité la modificación de dicha ley.