Se cumplen 30 años de la adopción de La Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), con la cual la ONU reafirmó la necesidad de que cada Estado miembro se apartara del concepto clásico de la igualdad para entenderla como un valor transformado en derecho humano.
Esta decisión fue crucial en el proceso de construcción del concepto de igualdad, entendido como un derecho humano, conformado por tres principios: no discriminación, responsabilidad estatal e igualdad de resultados o igualdad sustantiva.
La igualdad, más allá de sus definiciones, no es la exigencia de trato idéntico, sino la que se logra como resultado de la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres mediante acciones, planes y programas de los Estados. En este sentido resulta condición necesaria por parte de los Estados parte, la remoción de todos aquellos obstáculos políticos, económicos, sociales, culturales, civiles o de cualquier otra esfera que menoscaben o restrinjan los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres.
Implica, asimismo, eliminar la discriminación contra las mujeres por el sólo hecho de serlo y que el Estado promueva cambios en todos los niveles de la sociedad, desde conductas, percepciones y actitudes individuales; en ideas e ideologías; en la comunidad, en la cultura; en las instituciones y prácticas institucionales, así como en las estructuras de poder social y económico.
Esta concepción de la igualdad no implica la necesidad de igualar a las mujeres con los varones, sino de establecer equidad en el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos de todas y todos, incluye la igualdad de facto y la igualdad de jure (por ley), la de oportunidades y la de resultados, así como la eliminación de todos los prejuicios, costumbres o tradiciones que se basan en la idea de la superioridad de la masculinidad.