Jornada de Trabajo «Descentralización y participación ciudadana en el control comunal»
Salón Dorado de la Legislatura de la CABA, Perú 160, Planta Principal.
18:00 Presentación
Leg. Diana Maffía
Leg. Rafael Gentili
Leg. Martín Hourest
18:15 Panel:
- Lisandro D. Ferrali. Presidente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la CABA
- Paula Oliveto Lago. Auditora General – Auditoria General de la Ciudad de Buenos Aires
- Gerardo Gomez Coronado – Defensor Adjunto del Pueblo de la CABA
- Jaime Farji – Magister en Administración Pública. Ex Síndico General Adjunto de la Nación
20:30 Cierre
La Constitución de la CABA determina en su art. 128 que las Comunas ejercen en forma concurrente con el PE “la fiscalización y el control de las normas sobre usos de los espacios públicos y suelo, que les asigne la ley” y “…el ejercicio del poder de policía en el ámbito de la Comuna y que por ley se determine”. También se establece su “participación en la planificación y control de los servicios”.
Estos preceptos constitucionales fueron recogidos por la Ley Orgánica de Comunas Nº 1777 en su Art. 11º inc. a. y c. Asimismo el art. 4º establece como principios generales de la gestión pública descentralizada la “descentralización de la función de control” – inc. b. – y el “seguimiento comunal de la gestión del Poder Ejecutivo en el ámbito local” – inc. f. Por otra parte el inc. b. del art. 35º incluye entre las funciones del Consejo Consultivo Comunal “Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna”.
A diferencia del tratamiento que la ley 1777 da al resto de las competencias concurrentes, en el caso de las funciones que nos ocupan avanza en la reglamentación estableciendo la obligatoriedad de contar en cada Comuna con un Área de Control Comunal que deberá “instrumentar la organización del cuerpo de inspectores” y del “comité de control de servicios con participación comunal”
Sin duda, la implementación del régimen comunal a partir del 10 de Diciembre de 2011 abre una oportunidad única para rediscutir los mecanismos tradicionales en estas áreas sensibles de la gestión del gobierno local, que ponen en evidencia la necesidad de que esta nueva instancia de gobierno cuente con las herramientas necesarias tanto en lo que hace a los recursos materiales como a la posibilidad de innovar, profundizando la participación vecinal en estas cuestiones.
Organizan: Diputada Diana Maffía y Diputado Rafael Gentili.