petitorio por el veto a la prórroga del cumplimiento del cupo laboral en la ciudad

El 15 de octubre pasado voté en contra de la ley 3230 que fija una prórroga de 1 año del cumplimiento del mandato constitucional contenido en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se establece que el 5% de los empleados del gobierno de la ciudad de Buenos Aires y de las empresas concesionarias de servicios públicos deben ser personas con discapacidad, en concordancia con lo dispuesto por el art. 75, inc. 22 de la Constitución Nacional.

Ahora los/las invito a firmar el petitorio de los amigos de REDI:


Como muchos/as sabrán, la Legislatura de la Ciudad por medio de la ley 3.230 intenta prorrogar el cumplimiento del cupo laboral de Personas con Discapacidad en la Ciudad. Le estamos solicitando al Jefe de Gobierno que vete dicha ley.

Les pedimos que por favor accedan al petitorio online, lo lean y, si están de acuerdo, lo firmen:

cupo

Se agradece la firma y la difusión!!!

Muchas Gracias,
REDI Asociación Civil
www. rediderechos.blogspot.com

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Comentarios

  1. Cecilieaux

    Veo varios problemas con lo detallado en esta entrega, a saber:

    1. Agravios a la vasta gama de derecho implícitos en el artículo 75, inciso 22, de la constitución, «sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo nacional,» según estipula la ley fundamental misma al respecto. O sea, el derecho a reclamar por estos derechos desde las tribunas populares pareciera no existir.

    2. Resulta insólito el uso de un cupo porcentual de este tipo. ¿Consta que existe un número adecuado de personas con discapacidad que poseen las características idóneas para cumplir las tareas requeridas? ¿Qué pasa si hay plazas para 100 personas que tapen los baches con palas y se presentan 95 solicitantes fornidos y 5 en sillas de ruedas? ¿Hay que contratarlos a todos para llenar el cupo?

    3. ¿No existe previsión alguna en cuanto al procedimiento de seleccionar empleados que impida tomar en cuenta la silla de ruedas si ésta no impide el cumplimiento de las tareas requeridas? ¿No existe un sistema de arbitraje rápido para que el discapacitado que alega discriminación pueda apelar la decisión y, si se constata el prejuicio, obtener empleo en un término razonable?

    4. ¿No hay manera de enmendar la propuesta para que el aplazo tenga algunas condiciones?

  2. KS

    Bueno… hay algo que se cumpla en alguna Constitucion en la RA???
    Con respecto a la de la Ciudad… ya tendriamos que tener las comunas… y todo sigue igual… nada ha cambiado… el horizonte es el mismo…

    Ya firme e hice circular el pedido…

    Saludos

  3. FCP

    REDI inició una campaña de incidencia política acompañada por una estrategia judicial. Como resultado, actualmente hay 3 proyectos derogando la 3230 y una acción declarativa de inconstitucionalidad.

    Saludos.-

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