16 de abril de 2009: «Le voy a pedir al ingeniero Macri que mire dentro de su propia estructura a quiénes, estando obligados u obligadas a atender necesidades sociales urgentes, no cumplen»
Sra. Maffía.- Pido la palabra.
Señor presidente: el Gobierno de la Ciudad puso en su página Web una invitación para que denunciáramos a los “ñoquis”. El tango dice que el hombre, para ser hombre, no debe ser batidor; así que, probablemente, espera que seamos las mujeres las que denunciemos a los “ñoquis”.
Le voy a pedir al ingeniero Macri que mire dentro de su propia estructura a quiénes, estando obligados u obligadas a atender necesidades sociales urgentes, no cumplen.
Esta semana presenté al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires un amicus curiae. Un amicus es un mecanismo de acompañamiento al Tribunal. La Corte Suprema de Justicia reglamentó esta participación de los “amigos del tribunal” ante el máximo organismo jurisdiccional, por acordada, el 14 de julio de 2004 y, aunque no haya una ley escrita que rija el amicus curiae, comenzó a aplicarse.
La Corte establece que las personas físicas o jurídicas que no fueran parte en el pleito pueden presentarse ante la Corte Suprema de Justicia en calidad de amigos del tribunal, con la única finalidad de expresar una opinión fundada sobre el objeto del litigio en defensa de un interés público o de una cuestión institucional relevante.
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad también considera pertinente que se pueda aceptar la presentación de “amigos del tribunal” aunque no formen parte del litigio, y hay una jurisprudencia que sostiene que el amicus curiae no es más que una forma de instrumentar la democracia participativa en el ámbito jurisdiccional, sin que ello implique menoscabo alguno sobre el poder de imperium de los jueces a la hora de hacer justicia.
El motivo de este amicus curiae era una sentencia que en su momento hizo la jueza Andrea Danas, ante una acción de amparo que estaba fundada en una observación de la Asesoría General Tutelar Nº 1 ante la Justicia Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, solicitando a la ciudad que cese en su omisión de asistir adecuadamente a todas aquellas personas menores de edad con adicción a las drogas, especialmente con relación al consumo de pasta base de cocaína –paco–, que requiere internación voluntaria o coactiva.
Curiosamente, esa resolución de la jueza Andrea Danas –que sólo le recordaba al Poder Ejecutivo su obligación de asistir a niños, niñas y adolescentes adictos al paco– fue recurrida por el Gobierno de la Ciudad; luego fue confirmada por la Sala en lo Contencioso Administrativo, y nuevamente recurrida por el Gobierno de la Ciudad. Por lo tanto, está en el Tribunal Superior de Justicia.
Evidentemente, el Gobierno de la Ciudad cree que debe defenderse cuando la Asesoría General Tutelar o la Justicia le dice que se ocupe de los niños, niñas y adolescentes víctimas del paco.
Tenemos que pensar que no solamente hay acceso a la salud integral en nuestra Constitución, sino que también se ha agregado la Convención por los Derechos del Niño. Ésta, en su Artículo 33, establece la obligatoriedad de los estados parte de adoptar todas las medidas apropiadas, incluidas las legislativas, administrativas, sociales y educacionales para proteger a los niños y niñas contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias psicotrópicas para impedir que se los o las utilice en la producción y el tráfico ilícito de estas sustancias. Es decir, todas estas áreas legislativas, administrativas, sociales y educacionales, deberían estar consustanciadas en prevenir y atender cuando la prevención no existió o no fue eficaz o n o existió.
– Murmullos en la Sala.
Sr. Presidente (Santilli).- Silencio, por favor.
Continúa en el uso de la palabra la diputada Maffía.
Sra. Maffía.- La Legislatura lo comprendió tanto, que las diputadas Saya y Urdapilleta elaboraron la Ley de Prevención y Asistencia del Consumo de Sustancias Psicoactivas y de Otras Prácticas de Riesgo Adictivo en el año 2007. La ley tiene por objetivo garantizar una política integral a través de la instrumentación de un plan especializado dependiente de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A partir de un proyecto de resolución que sancionó la Legislatura solicitamos información sobre la falta de reglamentación de esta ley, ya que es de 2007 y aún no está reglamentada.
La Jefatura de Gabinete de Ministros, que tendría que hacerse responsable de este Plan Integral, evidentemente ha comenzado una especie de “danza del cortejo” en la cual la estructura de atención queda absolutamente opaca. Por un lado, en Salud está el área de Salud Mental, que tiene una dirección adjunta y que de ella depende la Red Metropolitana de Adicciones, pero que no está ejerciendo el efectivo control en salud. Éste se establece a través de una Coordinación de prevención y asistencia de sustancias psicoactivas, en la que no hay decreto que lo instrumente y en la cual está trabajando una persona llamada Verónica Mora Dubuc, que incluso contesta los pedidos de informe, no siendo formalmente funcionaria de la ciudad y no habiendo decreto que la haya nombrado; pero se supone que la van a nombrar, dependiente de Redes y Programas.
El presupuesto para el área de prevención de las adicciones se lo ha quedado el Ministerio de Desarrollo Social y no el de Salud, mediante la Coordinación de políticas sociales de adicciones. Lo cierto es que ninguno de ellos está actuando de la manera apropiada.
En la página del Ministerio de Desarrollo Social encontramos que hay estadísticas del año 2006 producidas por el Cedronar. Hay una dirección de estadística de la ciudad, una dirección de estadísticas del Ministerio de Salud, y lo que figura en el programa que se ha quedado con el presupuesto para atender a adicciones es una estadística del 2006, dependiente del Gobierno Nacional, del Cedronar.
A raíz de la epidemia de dengue –epidemia que veremos si la tomamos con la seriedad del caso, o la transformamos en un objetivo de campaña invisibilizándola, o haciendo de cuenta de que no existe–, ayer se hablaba en la Comisión de Salud de la Dirección de Atención de Epidemias sobre la medicina basada en evidencia. Creo que todas las políticas públicas deberían estar basadas en evidencias; para ello, hay que producir la evidencia y tomarla en serio.
Hoy, como todos los jueves, acompañé durante la mañana la ronda de las madres contra el paco, una ronda de pañuelos negros…
Sr. Presidente (Santilli).- Diputada Maffía: le pido que redondee.
Sra. Maffía.- Voy a redondear este penoso tema. Me refería la ronda de las madres contra el paco, que denuncian no la muerte sino el dejar morir a sus hijos. Denuncian sobre todo la falta de lugares de internación. Al respecto, cuando solicito información sobre los lugares de internación, me dicen que hay una transferencia a terceros para los lugares de internación. Curiosamente, en la página no están los lugares de internación, no se sabe cuáles son los costos, las plazas disponibles, cuáles son las condiciones de admisión. Todo esto hemos tenido que preguntarlo por escrito y hemos tenido que agregar estas consultas al propio expediente.
La exigencia de acción por parte del Estado incluye cierto tipo de acciones específicas que implica no omitir las propias obligaciones. Esto se señala en el Artículo 10 de la Constitución de la Ciudad respecto a que los derechos y garantías no pueden ser negados ni limitados por la omisión o insuficiencia de su reglamentación y ésta no puede cercenarlos.
Finalmente: lo cierto es que el Estado está ausente y el paco está presente.